LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES DEL PODÓLOGO

 El podólogo es el único profesional de la salud instruido y formado, con el conocimiento que le permite ocuparse de la salud de los pies de la población.

Los podólogos cuentan con conocimientos de medicina general, fisiología, anatomía y otras ramas del conocimiento. Esto permite que se desarrolle un abanico muy amplio de actividades vinculadas a la salud del pie, analizando desde la forma de caminar de la persona hasta alteraciones estructurales de los miembros inferiores, pasando por infecciones y otros problemas. En definitiva, el podólogo es el facultativo encargado de diagnosticar, tratar y prevenir las afecciones y deformidades de los pies.

El ámbito de las competencias del podólogo quedó establecido en el Decreto núm.727/62 de 29 de marzo, BOE 13 Abril 1962. Por el Real Decreto 649/1988 de 24 de junio, se estructuraron las enseñanzas de Podología como estudios de primer ciclo universitario, estableciéndose las directrices generales de los planes de estudio para la obtención del título oficial de ”Diplomado en Podología”. Además, ratifica las competencias profesionales del podólogo, del Decreto 727/1962, de 29 de marzo. Mediante la Orden CIN/728/2009, de 18 de marzo, se establecieron los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de podólogo, y se especificaron con mayor precisión las competencias de los titulados en podología.

Competencias que deben adquirir los estudiantes:

1. Conocer y aplicar los fundamentos teóricos y metodológicos de la podología y podiatría

2. Conocer la estructura y función del cuerpo humano en especial de la extremidad inferior, semiología, mecanismos, causas y manifestaciones generales de la enfermedad y métodos de diagnóstico de los procesos patológicos médicos y quirúrgicos, interrelacionando la patología general con la patología del pie

3. Obtener la capacidad, habilidad y destreza necesarias para diagnosticar, prescribir, indicar, realizar y/o elaborar y evaluar cualquier tipo de tratamiento podológico, ortopodológico, quiropodológico, cirugía podológica, físico, farmacológico, preventivo y/o educativo, basado en la Historia clínica

En esta misma Orden se especifican los pilares básicos en la formación Universitaria de la podología como son:

a) Conocer y emplear la historia clínica, valorar y aplicar el protocolo pre operatorio y el consentimiento informado

b) Conocer y aplicar la farmacología específica de uso podológico. Conocer y utilizar la farmacología pre y post quirúrgica, los tipos de anestesia en podología y técnicas de aplicación

c) Conocer y obtener habilidades en la aplicación de las técnicas podológicas de cirugía ungueal, de cirugía podológica de partes blandas, de cirugía ósea y articular del pie

d) Aplicación de métodos de reanimación cardiopulmonar y resucitación en casos de emergencia

e) Conocer y emplear las técnicas de exploración, diagnóstico y tratamientos de los tumores en el pie

f) Conocer y saber tratar las complicaciones y efectos secundarios derivados de la aplicación de las técnicas de cirugía podológica y quiropodológica

Es importante recordar que el podólogo tiene facultad para prescribir fármacos así como capacidad de efectuar intervenciones quirúrgicas.

El podólogo como profesional sanitario sólo puede ejercer su profesión en centros sanitarios catalogados como tal por la autoridad sanitaria competente (RD 1277/2003 de 10 de octubre) así como prescribir y/o confeccionar productos ortopédicos para sus pacientes de conformidad al RD 1591/2009 de 16 de octubre.