ESPECIAL ATENCIÓN A LOS PRODUCTOS DE FARMACIA SIN RECOMENDACIÓN MÉDICA

Muchas veces, cuando sufrimos pequeñas dolencias o ciertas molestias en alguna extremidad de nuestro cuerpo, decidimos acudir sin sugerencia médica a una farmacia. Pensamos que de esta manera los farmacéuticos nos darán algún tipo de fármaco que solucione el problema. Los ciudadanos deben ser conscientes de que un mal uso de estos productos puede complicar la afección existente o incluso provocar una nueva.

Un farmacéutico nos podrá asesorar de alguna forma pero debemos tener en cuenta que en la mayoría de los casos no tiene un acceso visual de la alteración y su consejo estará basado únicamente en las explicaciones que el paciente le aporte. Acabará por ofrecernos un producto sin saber cuál es el problema.

Una de las acciones más corrientes de las personas es acudir a la farmacia en busca de una crema callicida para la cura de algún callo. Además, es habitual que el paciente no lea el prospecto con atención antes de aplicarla en la zona afectada, y esto suponga una serie de contratiempos.

En la actualidad existen muchas marcas de callicidas pero la mayoría de ellas tienen en común su composición. Casi todos contienen unas cantidades elevadas de ácido salicílico, un componente muy utilizado en la medicina pero que en dosis altas puede resultar corrosivo.

La eliminación de los callos, sin una previa realización de un diagnóstico para conocer cuáles son las causas que lo producen, puede mantener e incluso agravar el problema. 

En un estudio realizado por el Colegio Oficial de Podólogos de Galicia se obtuvieron los siguientes datos:

Como ya hemos mencionado en más ocasiones es el podólogo el profesional sanitario que tiene una formación y competencia legal para diagnosticar y tratar todo tipo de alteraciones en los pies. Al contrario, los farmacéuticos no tienen la facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.

Por último, manifestar que muchas veces los colegiados ven escaparates de farmacias con publicidad referente a la prestación de servicios de podología en el propio establecimiento. Este hecho es totalmente ilícito, por lo que pueden iniciar los trámites legales que se consideren oportunos.

La Ley 29/2006, de 26 de julio de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (Ley del Medicamento), establece la incompatibilidad de prestar servicios sanitarios de podología o de cualquier otra profesión sanitaria con competencia para prescribir medicamentos en el mismo centro sanitario donde se dispensan.

Esto quiere decir que ningún profesional de la podología puede ejercer su actividad en el mismo centro destinado a farmacia. Por lo tanto, cuando tengamos alguna dolencia podológica debemos acudir en primer lugar a un centro de podología y que sea el podólogo quien diagnostique y prescriba el medicamento más adecuado para nuestra patología.

 

 

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